La Cláusula de Convalidación establece que las personas que puedan demostrar que ejercen la profesión al momento de aprobarse esta Ley, podrán solicitar la Licencia sin cumplir los requisitos establecidos en la definición de Relacionista. Específicamente favorece a los relacionistas que ejercen actualmente, pero que no poseen estudios formales en relaciones públicas.
Según explicó Julio Sainz de la Maza, presidente de la Junta Reglamentadora de Relacionistas, en una actividad organizada por la Asociación de Relacionistas Profesionales de Puerto Rico, los relacionistas que deseen solicitar su licencia bajo esta claúsula tendrán un período de seis meses para hacerlo, comenzando a partir de mañana. Un anuncio con todos los detalles se publicará mañana en los diarios El Nuevo Dia y Puerto Rico Daily Sun.
¿Qué documentos deben someter estos relacionistas?
- Un resumé notarizado
- Si trabaja como consultor interno, una carta notarizada del presidente o principal ejecutivo de la organización para la cual trabaja.
- Si trabaja como consultor externo, ya sea en una firma o por cuenta propia, tres cartas notarizadas de clientes que certifiquen los trabajos que realizan.
Los candidatos deberán, además, cumplimentar y entregar la solicitud requerida por el Departamento de Estado. Este documento está disponible en el quinto piso del antiguo edificio González Padín en el Viejo San Juan. Se espera que, eventualmente, dicho documento esté disponible en la página web del Departamento de Estado.
Participaron en la concurrida actividad celebrada en las instalaciones de la Cooperativa de Seguros de Vida de Puerto Rico, además de Julio, los demás miembros de la Junta Reglamentadora: María E. Cestero, Lorraine Vissepó, Hilda Blanch Miranda y Rosa María Rivera Núñez. La actividad concluyó con una sesión de preguntas y respuestas.
3 comentarios:
Tristemente, por razones de salud no puede estar anoche en dicha reunión. Antes de entrar en los detalles de la otorgación de licencias era imperioso discutir la selección uno de los miembros de la Junta Examinadora -Hilda Blanch Miranda-cuyo trasfondo no parece justificar su selección y menos aún le capacita para evaluar las credenciales de los relacionistas profesionales que solicitan la licencia para su práctica.
No conozco a esta persona -noción que comparten la inmensa mayoría de los compañeros con los que he hablado-, y no dudo que haya estudiado comunicaciones o que tenga las mejores intenciones del mundo. Pero jamás ha constado como miembro de la ARPPR, ni se ha desempeñado con reconocimiento en puestos de trascendencia, y su experiencia se limita a haber realizado algunas funciones de relaciones públicas que -como harto se ha discutido, no le convierten en relacionista- y a nombramientos políticos.
No comprendo cómo se pudo pasar por alto el nombramiento de Madeline Ramírez, APR, una de nuestras colegas más experimentada, respetada, reconocida, premiada y quizás una de las más extraordinarias nominadas a la Junta, una de las profesionales más seria, responsable y ética de nuestra disciplina, y nombrar a alquien con tan poco aval a su favor.
Más preocupante es el silencio público de todos los que, a sotto voce, se han expresado igual que yo. Más sorprendente aún ha sido el silencio de la Junta de la ARPPR y de los mismos miembros de la Junta Examinadora, de los que esperaba una postura íntegra, vertical, ética, dado cómo recae en ellos el derecho de tantos relacionistas a ejercer su profesión.
Me resulta difícil creer que este silencio se deba al miedo a la represalia política. Nunca pensé cuando me inicié en la ARPPR en 1973 que alguna vez nuestra organización -con una misión tan clara y unos objetivos tan específicos- estuviera a expensas de los vaivenes político-partidistas, y menos aún, el futuro de nuestra profesión.
Toda ley tiene espacio para enmiendas. Admito que no pertenezco a la Asociación, aun no he culminado mis estudios de Maestría (me falta el requisito de la tesis) pero intento mantenerme al día con los acontecimientos en esta disciplina. Gracias al interesante blog de Joseph Martínez pude leer la opinión de la Señora Gigi Mier, en ella expone su preocupación y la comparto. Las personas que componen la Junta Reglamentadora deben tener todos los requisitos para poder exigirles a los candidatos la licenciatura para ejercer la profesión. Siento la necesidad de expresarme en cuanto a la licenciatura para las personas que no tienen una educación formal, la ética no es algo que se aprenda en las aulas pero ese es una de las guías que desde sus comienzos se buscó tener para aquellos que ejercen esta profesión. En cierta ocasión tuve la oportunidad de ver una conferencia de prensa donde el señor Harold Rosario le instruía (de manera abierta y destemplada) a la señora Magaly Febles que no hiciera comentarios a un medio de prensa. Actuaciones como esa no están acorde con lo aprendido y ciertos eventos que surgen en el diario vivir donde se puede comprobar la asistencia de un buen comunicador de relaciones públicas. Otra acontecimiento se hace patente en el rotativo Primera Hora (hoy, 19 de marzo del 2010), cuando el oficial de relaciones públicas del municipio de Aguadilla se comunicó mediante mensaje de texto a los medios para hacer comentarios luego de surgir una controversia en torno al corte de una Ceiba de 23 años en ese municipio. Una nueva forma de percepción de la realidad, así le llamaba Marshall Mcluhan a su escrito teórico sobre el tema “El medio es el mensaje”, en este se establece la actualidad tecnológica y cómo se transmite la información en los medios de comunicación masiva. Aunque el “texteo” pueda ser innovador no creo que sea el más conveniente si queremos hacer un buen trabajo y que éste no sea ubicado en el último párrafo de la nota periodística como sucedió en este caso. Sólo presento estas dos ocasiones aleatorias donde puedo señalar un desempeño pobre al ejercer esta disciplina. Si la persona no es la adecuada, según la señora Mier y nunca ha pertenecido a la Asociación, pues podría hacer sus contribuciones, lo que se hace difícil entender es que sea parte de una Junta Reglamentadora por la que tanto la Asociación luchó y consiguió.
Joseph en los requisitos de convalidación no se deben utilizar los términos de consultor interno y externo. Eso se puede prestar a confusión. Segun se acordó en la reunión si un relacionista trabaja para un patrono, sea en una agencia local o multinacional, como empleado regular, la certificación la hace el Primer Oficial Ejecutivo, Gerente General o el de mayor jerarquía. Si el relacionista está por su cuenta, o sea tiene su propia agencia o empresa las cartas son de los clientes. Esto es importante ya que se pensó que una persona que trabaja para otra, como empleado, en una agencia le solicitaba las cartas a los clientes y eso no es así. Yo creo que debemos dirigir a las personas que se vayan a someter al proceso de convalidación a la fuente primaria de información que es la Junta o la Asociación, pero sobre todo circunscribirnos a la letra de la ley. Este punto fue aclarado por Idia y por este servidor durante la reunión que se realizó la semana pasada en COSVI. Saludos
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